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Brote COVID-19 en Argentina
COVID-19: Nuevo decreto presidencial prohíbe reuniones sociales
La medida se publicará en el Boletín Oficial que renovará el aislamiento en todo el país, como medida de prevención contra el coronavirus.

En Gobierno renovará la cuarentena que regirá en el país hasta, por el momento, el próximo 16 de agosto. Lo hará a través de un DNU que se publicará en el Boletín Oficial en las próximas horas y tendrá vigencia desde mañana.

Entre otros puntos, establece la prohibición de la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas, y se menciona que los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuadas.

También quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

Esta restricción ya había sido anunciada por la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, durante el reporte diario del domingo. “En esta nueva normativa y por estos quince días hasta el 16 de agosto, se van a suspender y restringir las reuniones sociales en todo el territorio nacional para que allí donde hay brotes se puedan controlar y donde no hay y sí hay circulación por las diferentes actividades autorizadas, podamos minimizar la posibilidad de tener un brote en relación a la responsabilidad individual”.

De esta forma, lugares como San Luis, Mendoza, Salta o varios municipios bonaerenses, entre otros, que a raíz de su situación sanitaria se encuentran en fase 5 de la cuarentena, con una flexibilización de actividades en marcha, deberán volver a prohibir las reuniones sociales.

Misma restricción será para la práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando los dos metros de distancia.

Los cines, teatros, clubes, centros culturales, el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, y el turismo, tampoco pueden volver a la actividad.

Estas restricciones estarán vigentes inclusive en las zonas del país donde la cuarentena no es tan estricta y funciona lo que se denominó Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Es decir, todo el territorio argentino con excepción de la ciudad de Buenos Aires, los 35 distritos bonaerenses que componen el Área Metropolitana, la provincia de Jujuy, tres departamentos de La Pampa, y el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego.


Lunes, 3 de agosto de 2020

 
 
 
 
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